El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó la suspensión provisional de la reunión del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), pautada para el domingo 8 de junio de 2025, donde se definiría el mecanismo y la fecha de selección de los aspirantes a la precandidatura presidencial.
La medida cautelar estará vigente hasta que el Tribunal emita una sentencia sobre el fondo de la demanda principal, que busca la nulidad de los acuerdos sobre el proceso interno de selección.
Fundamentos de la decisión
Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri, jueces titulares del TSE, acogieron la solicitud de suspensión al considerar que existen fundamentos jurídicos que justifican la medida.
El fallo argumenta que:
- Se ha acreditado la verosimilitud del derecho invocado en la demanda.
- Existe un potencial perjuicio que podría afectar la tutela judicial.
- Se identifica una coincidencia entre el objeto de la medida cautelar y la acción de fondo.
Rechazo de objeciones
Previo a dictar la medida cautelar, el TSE rechazó los argumentos de la parte demandada, quienes alegaban que la solicitud de suspensión era extemporánea, sin legitimación procesal activa ni interés jurídico.
El Tribunal respaldó la validez de la demanda, presentada por Eleuterio Abad Santos, quien acreditó su condición de miembro del PLD, lo que le otorga derecho a judicializar decisiones dentro de la organización.
Asimismo, se descartó el argumento de no agotamiento de la vía interna, estableciendo que este requisito no es un impedimento para la admisión de medidas cautelares en disputas político-electorales.
Audiencia sigue en curso
El Tribunal continúa con la audiencia sobre el fondo de la demanda, que impugna los acuerdos internos del PLD para la selección de aspirantes a la precandidatura presidencial.
Con la suspensión de la reunión del Comité Central, se espera que el proceso electoral interno del partido quede en pausa hasta que el TSE emita su fallo definitivo.